Discutamos algunas cosas, ya que PPSOE no lo permiten
Artículo
único.
El
artículo 135 de la Constitución Española queda redactado como sigue:
“1.Todas las Administraciones
Públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria.
Enunciado correcto. Todos queremos tener nuestras cuentas bien, y no tener
deudas innecesarias y que no podamos pagar.
2. El Estado y
las Comunidades Autónomas no podrán incurrir en un déficit estructural que
supere los márgenes establecidos, en su caso, por la Unión Europea para sus
Estados Miembros. Si decidimos juntos entrar en la comunidad europea,
si votamos su constitución juntos, ¿esto quiere decir que ya no podremos
decidir nunca más si nos interesa estar o no en este “selecto club” que tan
bien trata a sus socios menos pudientes? (Grecia, Irlanda, Portugal y ahora
España). ¿Dónde reside nuestra soberanía ?.¿Están PPSOE legitimados a hacer lo
que sea en nuestro nombre porque juntos tienen mayoría parlamentaria?. Nosotros
creemos que NO
Una Ley Orgánica fijará el
déficit estructural máximo permitido al Estado y a las Comunidades Autónomas,
en relación con su producto interior bruto. Las Entidades Locales deberán presentar
equilibrio presupuestario. Podríamos pensar que esto nos da un margen, ya
que el porcentaje de déficit estructural no se ha incluido en la constitución,
sino en una “simple Ley Orgánica”. Bien, pues esta Ley Orgánica no podrá ser
modificada por los ciudadanos a través de una Iniciativa Legislativa Popular
(ILP), recogiendo firmas, ya que ellos han blindado sus decisiones
prohibiéndolo por ley y sí, NOSOTROS LOS HEMOS DEJADO. Es decir, usando la
pinza PPSOE, o sólo PP después del 20N posiblemente, la Ley Orgánica se
aprobará sin debate ni parlamentario ni ciudadano, y ya no podrá modificarse. CREEMOS
QUE ESTO ES INADMISIBLE Y LUCHAMOS POR DEVOLVER AL CIUDADANO SU DERECHO A
PARTICIPAR SIN LOS PARTIDOS POLÍTICOS SI ES SU VOLUNTAD.
Como
además se hará sin debate parlamentario, todo será una réplica de lo que ha
ocurrido con esta reforma express, así que adiós al estado de las autonomías.
3. El Estado y
las Comunidades Autónomas habrán de estar autorizados por Ley para emitir deuda
pública o contraer crédito. Lo dicho, adiós al estado de las autonomías.
Decidimos el actual estado de las autonomías juntos, en referéndum, pero eso ya
parece que no será posible, ya que no hay voluntad de que lo sea, SALVO
QUE NOSOTROS DIGAMOS BASTA ¡.
Los créditos para satisfacer los
intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones se
entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su
pago gozará de prioridad absoluta. Estos créditos no podrán ser objeto de
enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la Ley de
emisión.
Esto
es lo más sangrante, y lo peor de todo es lo claro que lo ponen, lo que es un
signo claro de prepotencia, de estar totalmente convencidos de su impunidad y
poder absoluto. Lo que significa está claro como el agua. Primero se paga a los
mercados (bancos, grupos financieros…sí, esos a los que rescatamos con nuestro
dinero por su especulación inmobiliaria),y después, SI QUEDA DINERO, se invertirá en
SANIDAD, EDUCACIÓN, SALARIOS, INFRAESTRUCTURAS, etc. CREEMOS QUE ESTO ES
INADMISIBLE. Nos dicen que si no hacemos eso, los que nos dejan el
dinero no nos lo prestarán más. Se callan que nosotros les rescatamos y a
cambios recibimos unos intereses mucho menores a los que ellos nos lo prestan
ahora, se callan la naturaleza de la deuda creada con su derroche insano, con
sus sueldos desmesurados, con sus rescates indecentes, con su negativa a
aumentar los impuestos a los que más tienen, con su destrucción de las PYMES y
autónomos, auténticos creadores de riqueza y empleo en este país.
El volumen de deuda
pública del conjunto de las Administraciones Públicas en relación al producto
interior bruto del Estado no podrá superar el valor de referencia establecido
en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Esto es más de lo
ya dicho en el artículo 1, para que nos quede muy claro.
4. Los
límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública sólo podrán
superarse en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones
de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen
considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o
social del Estado, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del
Congreso de los Diputados.
Como
siempre, se pone la ley y se prepara la trampa, aunque para eso como mínimo
tendríamos que entrar en recesión. Entonces sí se podrán superar los límites.
Eso sí, con la única participación de la mayoría absoluta del Congreso de los
Diputados. EL CIUDADANO SÓLO ESTAR PARA VOTAR CADA 4 AÑOS A UNOS PARTIDOS QUE
NO CUMPLEN SU PROGRAMA, Y PARA PAGAR SUS IMPUESTOS. NOSOTROS PEDIMOS DEMOCRACIA
PARTICIPATIVA.
5.
Una Ley Orgánica desarrollará los principios a que se refiere este artículo,
así como la participación, en los procedimientos respectivos, de los órganos de
coordinación institucional entre las Administraciones Públicas en materia de
política fiscal y financiera. En todo caso, regulará:
a) La distribución de los
límites de déficit y de deuda entre las distintas Administraciones Públicas,
los supuestos excepcionales de superación de los mismos y la forma y plazo de
corrección de las desviaciones que sobre uno y otro pudieran producirse.
b) La metodología y el procedimiento para
el cálculo del déficit estructural.
c) La responsabilidad de
cada Administración Pública en caso de incumplimiento de los objetivos de
estabilidad presupuestaria.
Como
ven, no se dejan nada fuera de su control. Hasta el método para calcular el
déficit. VIGILAREMOS LA REDACCIÓN DE ESTA LEY ORGÁNICA Y LE INFORMAREMOS DE
SU CONTENIDO, Y YA LUCHAMOS PARA QUE SE ADMITAN DE NUEVO LAS ILPs COMO
PARTICIPACIÓN CIUDADANA.
6.
Las Comunidades Autónomas, de acuerdo con sus respectivos Estatutos y dentro
de los límites a que se refiere este artículo, adoptarán las disposiciones
que procedan para la aplicación efectiva del principio de estabilidad en sus
normas y decisiones presupuestarias.
De
nuevo se repite la defunción de las autonomías. La verdad es que ni ocultan sus
intenciones. CREEMOS QUE ESTO ES CAUSA DEL BIPARTIDISMO SALVAJE PPSOE. POR ESO
APOYAMOS CUALQUIER OPCIÓN DE VOTO QUE PERMITA LA ENTRADA DE MÁS PARTIDOS EN EL
CONGRESO Y EL SENADO, Y PEDIMOS UN CAMBIO EN LA LEY ELECTORAL.
Disposición adicional única.
1.
La Ley Orgánica prevista en el artículo 135 de la Constitución Española deberá
estar aprobada antes de 30 de junio de 2012.
2.
Dicha ley contemplará los mecanismos que permitan el cumplimiento del límite de
deuda a que se refiere el artículo 135.3.
3. Los límites
de déficit estructural establecidos en el 135.2 de la Constitución Española
entrarán en vigor a partir de 2020.
Dos lecturas :
·
por qué las prisas?. Nos dicen que porque
el estado está pasando una situación muy difícil, y que era necesario para
trasmitir confianza en “los mercados”. ¿Ustedes creen que un banco se queda más
tranquilos si usted sólo le dice que jura que va a hacer todo lo posible para
pagarle y que nada más que tenga dinero, el primero es él ? .Creemos que NO, que
la realidad lo que se les trasmite a “los mercados” es que nuestro gobierno no
va a dar problema en lo sucesivo, y que contarán con su apoyo para todo lo que
viene. Y qué viene ¿? GRECIA, les suena ?.
·
La “crisis” va a durar como mínimo hasta el
2010. Se sienten capaces de aguantar ?.
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