miércoles, 7 de septiembre de 2011

Analizando el nuevo Ártículo 135


Discutamos algunas cosas, ya que PPSOE no lo permiten

Artículo único.

El artículo 135 de la Constitución Española queda redactado como sigue:

“1.Todas las Administraciones Públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria. Enunciado correcto. Todos queremos tener nuestras cuentas bien, y no tener deudas innecesarias y que no podamos pagar.

2. El Estado y las Comunidades Autónomas no podrán incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes establecidos, en su caso, por la Unión Europea para sus Estados Miembros. Si decidimos juntos entrar en la comunidad europea, si votamos su constitución juntos, ¿esto quiere decir que ya no podremos decidir nunca más si nos interesa estar o no en este “selecto club” que tan bien trata a sus socios menos pudientes? (Grecia, Irlanda, Portugal y ahora España). ¿Dónde reside nuestra soberanía ?.¿Están PPSOE legitimados a hacer lo que sea en nuestro nombre porque juntos tienen mayoría parlamentaria?. Nosotros creemos que NO

Una Ley Orgánica fijará el déficit estructural máximo permitido al Estado y a las Comunidades Autónomas, en relación con su producto interior bruto. Las Entidades Locales deberán presentar equilibrio presupuestario. Podríamos pensar que esto nos da un margen, ya que el porcentaje de déficit estructural no se ha incluido en la constitución, sino en una “simple Ley Orgánica”. Bien, pues esta Ley Orgánica no podrá ser modificada por los ciudadanos a través de una Iniciativa Legislativa Popular (ILP), recogiendo firmas, ya que ellos han blindado sus decisiones prohibiéndolo por ley y sí, NOSOTROS LOS HEMOS DEJADO. Es decir, usando la pinza PPSOE, o sólo PP después del 20N posiblemente, la Ley Orgánica se aprobará sin debate ni parlamentario ni ciudadano, y ya no podrá modificarse. CREEMOS QUE ESTO ES INADMISIBLE Y LUCHAMOS POR DEVOLVER AL CIUDADANO SU DERECHO A PARTICIPAR SIN LOS PARTIDOS POLÍTICOS SI ES SU VOLUNTAD.

Como además se hará sin debate parlamentario, todo será una réplica de lo que ha ocurrido con esta reforma express, así que adiós al estado de las autonomías.

3. El Estado y las Comunidades Autónomas habrán de estar autorizados por Ley para emitir deuda pública o contraer crédito. Lo dicho, adiós al estado de las autonomías. Decidimos el actual estado de las autonomías juntos, en referéndum, pero eso ya parece que no será posible, ya que no hay voluntad de que lo sea, SALVO QUE NOSOTROS DIGAMOS BASTA ¡.

Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta. Estos créditos no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la Ley de emisión.

Esto es lo más sangrante, y lo peor de todo es lo claro que lo ponen, lo que es un signo claro de prepotencia, de estar totalmente convencidos de su impunidad y poder absoluto. Lo que significa está claro como el agua. Primero se paga a los mercados (bancos, grupos financieros…sí, esos a los que rescatamos con nuestro dinero por su especulación inmobiliaria),y después, SI QUEDA DINERO, se invertirá en SANIDAD, EDUCACIÓN, SALARIOS, INFRAESTRUCTURAS, etc. CREEMOS QUE ESTO ES INADMISIBLE. Nos dicen que si no hacemos eso, los que nos dejan el dinero no nos lo prestarán más. Se callan que nosotros les rescatamos y a cambios recibimos unos intereses mucho menores a los que ellos nos lo prestan ahora, se callan la naturaleza de la deuda creada con su derroche insano, con sus sueldos desmesurados, con sus rescates indecentes, con su negativa a aumentar los impuestos a los que más tienen, con su destrucción de las PYMES y autónomos, auténticos creadores de riqueza y empleo en este país.

El volumen de deuda pública del conjunto de las Administraciones Públicas en relación al producto interior bruto del Estado no podrá superar el valor de referencia establecido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Esto es más de lo ya dicho en el artículo 1, para que nos quede muy claro.



4. Los límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública sólo podrán superarse en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados.

Como siempre, se pone la ley y se prepara la trampa, aunque para eso como mínimo tendríamos que entrar en recesión. Entonces sí se podrán superar los límites. Eso sí, con la única participación de la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados. EL CIUDADANO SÓLO ESTAR PARA VOTAR CADA 4 AÑOS A UNOS PARTIDOS QUE NO CUMPLEN SU PROGRAMA, Y PARA PAGAR SUS IMPUESTOS. NOSOTROS PEDIMOS DEMOCRACIA PARTICIPATIVA.

5. Una Ley Orgánica desarrollará los principios a que se refiere este artículo, así como la participación, en los procedimientos respectivos, de los órganos de coordinación institucional entre las Administraciones Públicas en materia de política fiscal y financiera. En todo caso, regulará:

a) La distribución de los límites de déficit y de deuda entre las distintas Administraciones Públicas, los supuestos excepcionales de superación de los mismos y la forma y plazo de corrección de las desviaciones que sobre uno y otro pudieran producirse.

b) La metodología y el procedimiento para el cálculo del déficit estructural.

c) La responsabilidad de cada Administración Pública en caso de incumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Como ven, no se dejan nada fuera de su control. Hasta el método para calcular el déficit. VIGILAREMOS LA REDACCIÓN DE ESTA LEY ORGÁNICA Y LE INFORMAREMOS DE SU CONTENIDO, Y YA LUCHAMOS PARA QUE SE ADMITAN DE NUEVO LAS ILPs COMO PARTICIPACIÓN CIUDADANA.

6. Las Comunidades Autónomas, de acuerdo con sus respectivos Estatutos y dentro de los límites a que se refiere este artículo, adoptarán las disposiciones que procedan para la aplicación efectiva del principio de estabilidad en sus normas y decisiones presupuestarias.

De nuevo se repite la defunción de las autonomías. La verdad es que ni ocultan sus intenciones. CREEMOS QUE ESTO ES CAUSA DEL BIPARTIDISMO SALVAJE PPSOE. POR ESO APOYAMOS CUALQUIER OPCIÓN DE VOTO QUE PERMITA LA ENTRADA DE MÁS PARTIDOS EN EL CONGRESO Y EL SENADO, Y PEDIMOS UN CAMBIO EN LA LEY ELECTORAL.

Disposición adicional única.

1. La Ley Orgánica prevista en el artículo 135 de la Constitución Española deberá estar aprobada antes de 30 de junio de 2012.

2. Dicha ley contemplará los mecanismos que permitan el cumplimiento del límite de deuda a que se refiere el artículo 135.3.

3. Los límites de déficit estructural establecidos en el 135.2 de la Constitución Española entrarán en vigor a partir de 2020.

Dos lecturas :

·         por qué las prisas?. Nos dicen que porque el estado está pasando una situación muy difícil, y que era necesario para trasmitir confianza en “los mercados”. ¿Ustedes creen que un banco se queda más tranquilos si usted sólo le dice que jura que va a hacer todo lo posible para pagarle y que nada más que tenga dinero, el primero es él ? .Creemos que NO, que la realidad lo que se les trasmite a “los mercados” es que nuestro gobierno no va a dar problema en lo sucesivo, y que contarán con su apoyo para todo lo que viene. Y qué viene ¿? GRECIA, les suena ?.

·         La “crisis” va a durar como mínimo hasta el 2010. Se sienten capaces de aguantar ?.

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